PLANES DE MEJORA





Documento
APOYO AL DISEÑO DEL PLAN JURISDICCIONAL PARA LA MODALIDAD ARTÍSTICA
Planes de Mejora Institucional
Mayo 2010
Versión Borrador


1-  La Secundaria de Arte en el Plan Jurisdiccional

a.    Introducción

            El presente documento establece los criterios, objetivos y operatoria de la implementación de los Planes de Mejora para las Escuelas Secundarias de Arte, en el marco de la Resolución 86/09 del Consejo Federal de Educación, “Institucionalidad y Fortalecimiento de la Escuela Secundaria Obligatoria”.
            Estos Planes de Mejora se inscriben en el Plan Jurisdiccional para el fortalecimiento de la escuela Secundaria y abarcan a la totalidad de las instituciones del nivel de la jurisdicción. Los mismos incluirán definiciones respecto de la implementación de la obligatoriedad de la educación Secundaria y definirán el modo en que la Modalidad Artística participa de este proceso.
            La organización de la oferta y cobertura[1] tenderá a cubrir y mejorar la propuesta de la Secundaria obligatoria, que promoverá la inclusión de adolescentes y jóvenes. Ésta organización comprenderá la planificación de la escuela Secundaria de la Modalidad Educación Artística, en sus tres tipos (Orientada, Especializada y Artístico - Técnica), como propuesta curricular e institucional.
            La escuela Secundaria de Arte constituye un ámbito específico de definición y acción de los Planes de Mejora Institucional[2]. Desde una mirada integradora, estas instituciones, participan de la convergencia de políticas tendientes a dar cumplimiento a los principios de la LEN y requieren de definiciones que respondan a sus propias especificidades y particularidades.
El mejoramiento de la calidad de la Educación Artística supone un conjunto de acciones en las que participan múltiples actores desde diversos niveles de intervención. Esto implica contar con mecanismos de carácter federal, que consideren la diversidad de condiciones de las instituciones educativas y de las jurisdicciones, así como la heterogeneidad de los contextos regionales y locales, de modo de orientar y fundamentar la definición de políticas y estrategias para la toma de decisiones.
Estos mecanismos deberán garantizar, principalmente, el derecho de los adolescentes a la formación artística, contribuyendo al cumplimiento de la obligatoriedad.
La SERIE DOCUMENTOS DE APOYO PARA LA PLANIFICACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA EDUCACIÓN DECUNDARIA OBLIGATORIA, constituye un instrumento que permite unificar criterios y optimizar los esfuerzos por asegurar la construcción de una nueva Secundaria que dé respuestas a las necesidades de los jóvenes y la comunidad. Estos documentos contribuyen al planeamiento y la operatoria de esta etapa y deben ser considerados, también, para las definiciones de la escuela Secundaria de Arte.



b.    La Secundaria de Arte en el planeamiento estratégico.
            Uno de los desafíos del Sistema Educativo argentino es el de mejorar la calidad de la Educación Artística en el nivel Secundario, por ser un campo de conocimiento que involucra el desarrollo de la interpretación crítica de la realidad socio - histórica y de la producción cultural identitaria en el contexto de la contemporaneidad, contribuyendo con la formación ciudadana.
Para ello, resulta necesario fortalecer la identidad de la Modalidad Artística en el nivel, garantizando criterios nacionales, así como actualizar sus modelos institucionales y estrategias de intervención.
            La escuela Secundaria de Arte es una propuesta que forma parte del Plan estratégico jurisdiccional y contribuye, desde su particularidad, al cumplimiento de las metas que allí se establezcan. Por su especificidad, desarrollo e inserción, constituye una oportunidad para la implementación de innovaciones en los proyectos educativos, tanto en lo que refiere a lo curricular como a la organización institucional.
            De este modo la Secundaria de Arte se distingue por el potencial de su carácter integrador y la oportunidad de educar a todos los adolescentes y jóvenes protagonistas de culturas diversas, fragmentadas, abiertas, flexibles, móviles, inestables. 
            La escuela Secundaria de Arte deberá, entonces, lograr una propuesta curricular y organizacional para la enseñanza de los lenguajes artísticos, que asegure la centralidad en los adolescentes y jóvenes y que valorice y tenga en cuenta sus intereses, recorridos y conocimientos, contribuyendo al cumplimiento de la obligatoriedad.

2.- Objetivos del Plan de Mejora Institucional para la Secundaria de Arte
Los Planes de Mejora Institucional constituyen un instrumento de alcance nacional y/o jurisdiccional para el cumplimiento de las metas vinculadas a la implementación de la escuela Secundaria obligatoria, y, en este caso, tienen como principal desafío contribuir al fortalecimiento de la identidad, la calidad y la especificidad de las instituciones de la Modalidad Artística. Están orientados a la transformación de los modelos institucionales y de su organización curricular, en búsqueda de construir una escuela Secundaria que garantice el cumplimiento de los derechos de los jóvenes y adolescentes.
Además de lo establecido en el documento Nº 1 “Apoyo al diseño del Plan Jurisdiccional”, estos Planes de Mejora Institucional para la escuela Secundaria de Arte[3], tendrán como objetivos:
a.    Mejorar la propuesta y organización de la Secundaria de Arte para el cumplimiento de las metas de la LEN y el Plan Jurisdiccional.
b.    Acompañar a los alumnos en su trayectoria escolar, promoviendo la inclusión, continuidad y egreso.
c.    Fortalecer las condiciones de funcionamiento, así como los procesos de enseñanza y aprendizaje, a través de la provisión de recursos materiales adecuados a los requerimientos de los lenguajes artísticos, de modo tal, que permita a las instituciones brindar una formación inclusiva y de calidad.


3.- Características del Plan de Mejora Institucional
En lo que respecta a la formulación de los Planes de Mejora institucional, éstos incluirán los objetivos y metas que se propone la institución, un diagnóstico situacional, las líneas de acción que comprende el Plan, los mecanismos previstos de seguimiento y evaluación, la previsión de tiempos en el corto y mediano plazo. Estará fuertemente enmarcado en el proyecto educativo institucional, y a su vez, deberá expresar los resultados de la autoevaluación realizada.
El Plan incluirá datos cualitativos y cuantitativos, significativos y que den sentido a los objetivos planteados. Los mismos constituyen un punto de partida a las acciones y una referencia para la evaluación. El diagnóstico deberá relevar datos en cada una de las líneas del plan que se constituirán en indicadores para el monitoreo y evaluación, a mediano y largo plazo.
Las acciones deberán reflejar consistencia al interior del Plan de Mejora y mostrar condiciones de viabilidad y factibilidad.
El Plan de Mejora se desarrollará en tres líneas:
·  Línea 1
·         Equipamiento de biblioteca.
Esta línea tiene como objeto proporcionar materiales adecuados a las necesidades y requerimientos de los lenguajes artísticos, tales como libros, fascículos, revistas y material en distintos soportes/formatos (vídeos, CD, DVD) especializados, para las bibliotecas de las instituciones. Por lo tanto, resulta fundamental relevar la pertinencia, adecuación, cantidad y calidad de lo existente, como así también su utilización y acceso por parte de los estudiantes. La línea de acción deberá incluir la nómina de materiales necesarios, según el porcentaje del monto destinado a la institución, como así también las acciones para la gestión institucional de la biblioteca y su utilización por parte de los alumnos.  
El monto a utilizar en esta línea será hasta del 10% del total asignado a la institución.
·  Línea 2
·         Acompañamiento a las trayectorias escolares.
Esta línea tenderá a posibilitar la concreción de acciones que tengan como objeto:
a.    Acompañar el ingreso de los alumnos a la escuela secundaria.
b.    Acompañar el recorrido escolar.
c.    Acompañar el egreso.

Deberán tenerse en cuenta los criterios y propuestas establecidos en el documento 4[4] del Plan de Mejora institucional.

Las instituciones de arte de nivel Secundario cuentan con desarrollos y experiencias en la gestión institucional que en muchos casos, han sido parte de proyectos tendientes a mejorar las trayectorias de los estudiantes (“Proyecto 13”, doble escolaridad, entre otros). A la hora de elaborar el Plan de Mejora, se deberán relevar en las instituciones estas experiencias, a los efectos de resignificar las que aún están vigentes en función de los nuevos desafíos que implica la creación de la Secundaria de arte. En el diagnóstico se determinará la posibilidad de cubrir esta línea con recursos existentes en la institución, de tal modo que queden garantizados los perfiles que se requieren para el acompañamiento a las trayectorias escolares y que no se superpongan con otras acciones institucionales y/o jurisdiccionales.

Por lo tanto, a partir del diagnóstico se determinará la utilización del financiamiento previsto en esta línea en horas institucionales, para el cumplimiento de los objetivos establecidos. En caso de requerir financiamiento en esta línea, lo presupuestado deberá incluir el costo de los insumos que resulten necesarios para el desarrollo de estas acciones.  

El monto a utilizar para esta línea será hasta el 20% del total asignado a la institución.

·  Línea 3
·         Equipamiento.
Esta línea tenderá al mejoramiento de las propuestas de enseñanza y aprendizaje para el área a través de la provisión de equipamiento específico, según los lenguajes artísticos que se ofrecen en la institución.
A los efectos de contemplar las necesidades de todas las especialidades que se desarrollan, se establecen dos rubros:
o   Equipamiento específico por lenguaje.[5] Comprende el equipamiento propio de cada lenguaje y que es condición necesaria para el desarrollo de los conocimientos de la especialidad y por ende contribuyen con mejoramiento de la propuesta pedagógica de la institución. El requerimiento del mismo deberá contemplar los materiales existentes (expresados en el diagnóstico) y las necesidades según lenguaje y matrícula.
o   Equipamiento común a los lenguajes.[6] Comprende el equipamiento propio de la enseñanza del arte pero que puede ser utilizado indistintamente para todos los lenguajes que se dictan en la institución. Siguiendo el mismo criterio que en el rubro anterior, se deberá tener en cuenta, a la hora de definir el equipamiento a solicitar, tanto lo existente como las necesidades que comprenden a la totalidad de las especialidades.
El Plan deberá incluir criterios y acciones de gestión para la utilización del equipamiento por parte de los estudiantes.  
   El monto asignado a esta línea no podrá ser menor al 70 % del total  asignado a la institución.


3.- Operatoria

1.    Conformación de Equipos Jurisdiccionales
La planificación e implementación de los Planes de Mejora institucional deberán definirse en el marco del Plan Jurisdiccional. El acompañamiento institucional, la implementación y el monitoreo estará a cargo del equipo de gestión de la Modalidad (Dirección de Educación Artística o equivalente), en articulación con la Dirección de Nivel.
La definición de los equipos jurisdiccionales de apoyo al Plan deberá prever la inclusión de perfiles que garanticen el mejoramiento de la propuesta pedagógica e institucional desde la especificidad y en articulación con los equipos de gestión de la modalidad en aquellas jurisdicciones en las que estos están constituidos. Dichos equipos tendrán a su cargo:
               
a. La cooperación y la asistencia técnica a las instituciones para la elaboración e implementación del Plan de Mejora, de acuerdo con los lineamientos y procedimientos acordados con el Ministerio de Educación.

b. La aprobación técnica de los Planes de Mejora Institucionales para la posterior asignación de fondos por parte del Ministerio de Educación de la Nación.

c. El seguimiento, la evaluación de procesos y resultados, y el cumplimiento de las metas previstas en la planificación jurisdiccional y de las instituciones educativas de la Educación Secundaria, en forma conjunta con dichas instituciones.

2.    Selección de Escuelas Etapa 2010
Las Instituciones incluidas en el Plan de Mejora de la Secundaria de Arte son:
Todas las escuelas Secundarias - Centros Polivalentes de arte (instituciones que brindan Educación Secundaria y Trayectos de Arte) que se constituyan en Escuelas Secundarias de Arte Especializada y/o Artístico - Técnica.
Aquellas instituciones o planes de estudio que han sido incorporados a otros Planes de Mejora (INET, Planes de Mejora Institucional) quedarán excluidas del presente Plan de Mejora.


3.    Elaboración del Plan de Mejora Institucional.
Los Planes de Mejora deberán elaborarse institucionalmente, definiendo metas y prioridades, que den contexto y sentido a la propuesta. Los equipos de conducción deberán articular las diferentes necesidades y buscar los consensos suficientes respecto del modo en que se resuelve la distribución de los recursos entre los distintos lenguajes.
a)    El Plan se centrará en la mejora de la enseñanza y el acompañamiento de las trayectorias educativas de los estudiantes.
b)    Propiciará la inclusión y permanencia de los adolescentes y jóvenes en la escuela, desarrollando proyectos de enseñanza que posibiliten a todos, el logro de los aprendizajes, con especial atención de aquellos en situación de vulnerabilidad.   
c)    Deberá propiciarse la participación de los distintos actores institucionales. El trabajo en equipo permitirá la inclusión de las distintas miradas acerca de la institución y su proyecto, como también debe asegurarse la participación de los representantes de los distintos lenguajes que la integran. La participación promueve también asumir conjuntamente la responsabilidad del logro de los objetivos establecidos.
d)    Deberá definirse un responsable institucional que coordine la implementación y el seguimiento del plan.
El Plan de Mejora incluirá
e)    Objetivos
f)     Diagnóstico
g)    Metas
h)    Acciones
i)      Dispositivo de seguimiento y monitoreo del Plan

4.- Monto destinado a las escuelas según matricula y lenguajes

Cantidad de lenguajes en la institución
Matrícula
1
2
3 – 4
Menos de 300
60000
70000
80000
 Entre 301 y 600
70000
80000
90000
601 en adelante
80000
90000
100000

A los efectos de resguardar la transparencia, la eficiencia y la efectividad de la afectación, la administración y la rendición de los recursos financieros, las escuelas y las provincias aplicarán los procedimientos administrativos que a tal efecto se establezcan.

5.- Rubros y porcentajes financiables
Línea 1 – hasta el 10% del total del monto asignado a la institución.
Línea 2 – hasta el 20% del total del monto asignado al institución.
Línea 3 – mínimo del 70 % del total del monto asignado a la institución.

6.- Etapas de trabajo.
Los Planes de Mejora, se presentarán ante la autoridad Jurisdiccional (Comisión de Artística, Coordinación de la Modalidad, Dirección de Artística o el organismo que la jurisdicción designe, en atención a lo determinado en el punto 1 del presente apartado: Conformación de Equipos). Esta instancia dará aprobación a la propuesta y la remitirá a la Coordinación Nacional de Educación Artística. 
La presentación del Plan de Mejora institucional para la Escuela Secundaria de la Modalidad se realizará según el cronograma del Anexo I.
Los Anexos I, II constituyen los instrumentos para la presentación del Plan de Mejora para su implementación.


ANEXO I
 Cronograma de acciones para la elaboración e implementación de los Planes de Mejora de la Modalidad Artística

Acción
Elabora
Presenta ante
Fecha
Ficha Institucional – Anexo II
Equipo jurisdiccional
Coordinación Nacional de Educación Artística

Plan de Mejora – Anexos III, IV y V
Equipo Institucional
Equipo Jurisdiccional

Plan de acompañamiento y monitoreo
Equipo Jurisdiccional
Coordinación Nacional de Educación Artística



ANEXO II Registro de Instituciones Secundarias de Arte Especializadas

 Plan de Mejora 2010 -  FICHA INSTITUCIONAL



Nombre de la Institución


N° CUE               









                          

Domicilio

Localidad

Departamento

Jurisdicción

Teléfono

Mail Institucional

Rector/Director de la escuela



Datos por ciclo y lenguaje:

Lenguaje
Matrícula de los Itinerarios/Trayectos Artísticos (inicial 2009)
Total
1º año[7]
2º año
3º año
4º año
5º año
6º año
Música







Teatro







Danzas







Artes Visuales







Total







Responsable legal del plan de mejora (Rector/Director de la escuela):
Nombre
Apellido
DNI
Rol en la Institución





Firma y aclaración del responsable legal del plan de Mejora Institucional
 
Todos los datos consignados en esta ficha como en el plan de mejora institucional tienen valor de declaración jurada.